viernes, 31 de enero de 2014

UNICAJA AMPLIA TRES DIAS PARA ANULAR EL CANJE A TODOS LOS AFECTADOS QUE LO HAYAN FIRMADO.
Según informa el FROB a fecha 30 de Enero 2014

La plataforma de afectados por participaciones preferentes de Zamora informa:
·         Después de 257 sentencias judiciales ya ganadas en primera instancia (y no recurridas por el Banco) y que condenan a Caja España- Duero a devolver a los afectados ÍNTEGRAMENTE LAS CANTIDADES, más intereses legales y abono de las costas, seguimos ACONSEJANDO RECHAZAR EL CANJE, por tanto, en los 3 próximos días, anular el canje que pudieran haber firmado.
·         Como ya se ha publicado, UNICAJA ha conseguido 450 millones de euros para devolver las cantidades a TODOS LOS QUE VAYAN A DEMANDAR JUDICIALMENTE y tengan sentencia favorable.
·         MUY IMPORTANTE: Si acude al canje, todo el dinero que le ofrecen en metálico tiene una retención de hacienda del 21%. Si decide vía judicial va a recuperar íntegramente la cantidad sin retención de hacienda.
Para anular el canje que hayan firmado  y para más información acudan a los ÚNICOS despachos de abogados que trabajan para la plataforma.
-         S.O.S. ABOGADOS -ZAMORA- C/ EL RIEGO Nº24-
TELÉFONO: 980 53 50 27

-     SALINERO ABOGADOS. –ZAMORA- C/ SANTA CLARA Nº4,1º
(OFICINA 6ª). TELÉFONO: 980 53 47 70


-     MARGARITA SALINAS HIDALGO. –ZAMORA- C/ FLORES DE SAN PABLO, Nº 5, 3ºB. TELÉFONO: 980 53 45 68


-       VANESA CABALLERO MARTÍN. –ZAMORA- C/ CORTINAS DE SAN MIGUEL, Nº5,1º. TELÉFONO: 980 01 33 72


-       CARMEN HERNÁNDEZ ORTIZ. –ZAMORA- PLAZA CUARTEL VIEJO (CONJUNTO VIRIATO), Nº7-PORTAL 8, 2ºD.
TELÉFONO: 980535311 

Y en: PLATAFORMA PREFERENTES ZAMORA
C/ CARRETERA, Nº 28 
49280   PERERUELA    ZAMORA

Email: plataformapreferenteszamora@gmail.com  plataformapreferenteszamora.blogspot.com

jueves, 30 de enero de 2014

miércoles, 29 de enero de 2014

El FROB 'regala' a Medel otros 241 millones para salvar la fusión de Unicaja con Ceiss

El consejo de administración de Unicaja, en su reunión de este martes, ha aceptado seguir adelante con la absorción de Ceiss (Caja España-Duero) pese a no alcanzar el 75% de las preferentes y subordinada de esta entidad al que estaba condicionada la oferta de la entidad andaluza, como adelantó El Confidencial . De hecho, la aceptación del canje se ha quedado en el 60,66%. No obstante, para ello, la entidad presidida por Braulio Medel ha exigido que el FROB aporte hasta 241 millones para cubrir el posible déficit de capital provocado por las demandas de los preferentistas que no han acudido al canje, y que también cubra el llamado 'riesgo Sareb' por otros 200 millones más. Y ha puesto como fecha tope el 31 de marzo para alcanzar todos los acuerdos necesarios. Asimismo, habrá un 5% adicional de reducción de oficinas y de plantilla de la entidad castellano-leonesa.

La condición sine qua non impuesta por Medel para efectuar la absorción de Ceiss es que el canje de los bonos de Ceiss que recibieron los antiguos titulares de los híbridos por los CoCos (bonos convertibles contingentes) de Unicaja genere un capital de 1.250 millones, algo que estaría garantizado si hubiera acudido más del 75%. El problema es que, con una aceptación tan baja, las demandas de los que no han acudido pueden provocar unas indemnizaciones que reduzcan el capital por debajo de esa cifra.

Ante los problemas para llegar a ese 75% por las malas condiciones del canje para los preferentistas, el FROB y el Banco de España buscaron una solución que permitiera a Medel seguir adelante con la operación aunque no se cumpliera esa condición. Dicha solución suponía contar con un colchón adicional para cubrir los posibles litigios de los titulares de estos valores que no acudan a la oferta ni al arbitraje y garantizar en todo caso los 1.250 millones. Finalmente, el FROB cubrirá el 71% de ese importe y Unicaja el 39%, y la aportación máxima del fondo público superará los 200 millones previstos: podrá llegar hasta 319, pero se establece un complejo mecanismo de compensación por el que el fondo público recibirá valores de Ceiss que minorarán ese importe hasta 241 millones, según se explica en un hecho relevante remitido el martes por la noche a la CNMV.

Asimismo, Medel ha arrancado otros 200 millones para cubrir el llamado 'riesgo Sareb' (posibles diferencias de valoración con el precio pagado por el banco malo a Ceiss por sus activos inmobiliarios), del que se hará cargo el FROB entre 40 y 240 millones, como también adelantó este medio en abril del año pasado. La posición de fuerza del banquero sevillano queda patente porque impone una fecha tope, el 31 de marzo, para cerrar todos estos acuerdos y contar con los permisos necesarios; en caso contrario, desistirá de la operación. Y también ha obligado al FROB a aceptar un mecanismo de compensación -para reducir su aportación de 319 a 241 millones- que consiste en entregarle acciones de Ceiss que el fondo público debe vender con una serie de estrictas condiciones (no a otra entidad financiera, no más del 1% a un solo inversor, en paquetes pequeños...).

El presidente del FROB, Fernando Restoy. (EFE)El presidente del FROB, Fernando Restoy. (EFE)

Todas estas aportaciones requieren la aprobación del comisario Joaquín Almunia, que hasta ahora se negaba a que se inyectara más dinero público en Ceiss. Hay que recordar que estas garantías se suman a las ayudas públicas de 1.129 millones recibidas hasta ahora por Ceiss, 525 del FROB 1 y 604 del rescate europeo. Este volumen hacía que Almunia se resistiera a aprobar los planes del FROB. Además, los 241 millones nuevos (y los 200 del riesgo Sareb) no están incluidos dentro del rescate a España, y se solicitan después de que la troika haya dado por finalizada su misión en nuestro país. El argumento del FROB es que la fusión con Unicaja es la opción más barata para el contribuyente y que cualquier otra –nacionalización y posterior venta o liquidación– requerirría de mayores recursos públicos. Según Unicaja, Bruselas ha remitido una carta en la que admite de forma preliminar que estas condiciones no vulneran la normativa de ayudas de Estado.

De momento, estas ayudas conllevan una modificación del term sheet (hoja de ruta) de la reestructuración de Ceiss que implica una reducción adicional del 15% de su balance, del 10% de su cartera crediticia, del 5% de sus oficinas y del 5% de su plantilla (los despidos previstos hasta el 31 de diciembre de este año se mantendrán intactos, pero habrá otro ERE antes del fin de 2016).

En todo caso, Unicaja se desentiende de ese problema: la comunicación que emitirá esta tarde el consejo recoge su voluntad de seguir adelante y deja en el tejado del FROB y del Gobierno español el entendimiento con Bruselas para el buen fin de la operación; es decir, si después de todo la fusión se cae, no será culpa suya, sino del FROB. No obstante, las fuentes consultadas aseguran que "el visto bueno de Bruselas está encarrilado".

Los preferentistas dan la espalda a Unicaja

Se trata de la operación más larga del proceso de reestructuración de la banca española, puesto que comenzó en abril de 2011, y desde entonces los continuos cambios de normativa y las exigencias de Medel habían hecho imposible culminar la operación que ahora fructifica.

La pobre aceptación del canje deriva de que la oferta de Unicaja era muy pobre inicialmente –suponía una segunda quita después del canje inicial de los híbridos por CoCos de Ceiss– y que los intentos de mejorarla posteriormente han sido muy confusos y atropellados: primero se puso en marcha un arbitraje, pero exigía renunciar a las acciones judiciales antes de saber si iba a ser favorable; luego se habilitó un simulador para solventar ese problema, pero apenas se le dio difusión y muchos afectados desconocen su existencia; finalmente, Unicaja incluso ofreció a los rechazados en el arbitraje recuperar el 53% de su dinero. Pero la CNMV incluyó una serie de advertencias en el folleto de la oferta y las asociaciones de afectados y los abogados que buscan hacer negocio –el arbitraje es gratuito y no requiere letrado– aconsejaron no acudir al canje.

Finalmente, el FROB admitió que los que cumplen los criterios de los otros arbitrajes (como el de Bankia) tendrán derecho a otro proceso en el que recuperarán su dinero con una parte mayor en efectivo aunque no salga adelante la fusión, lo que eliminaba gran parte del incentivo para acudir al canje, si bien tardará más y los criterios serán más estrictos que el arbitraje actual. Por tanto, era imposible que se alcanzara el 75% de aceptación cuando el 10 de enero sólo habían dicho  el 50% de los afectados.

martes, 28 de enero de 2014

unicaja sólo espera la aprobación de Europa para cerrar la fusión con Ceiss

La entidad negocia quién asume el 15% restante hasta el 75% del capital de Ceiss.

felipe Ramos | VALLADOLID 27/01/2014

La fusión entre Unicaja y el Banco de España-Duero (Ceiss) está sólo pendiente de la aprobación dela Unión Europea, según las fuentes consultadas por DIARIO DE CASTILLA Y LEÓN/ EL MUNDO/DIARIO DE LEÓN. La entidad que preside Braulio Medel, el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) y el Banco de España negocian los últimos flecos de un acuerdo que unos y otros dan por hecho.

La realidad es que Braulio Medel aún no ha convocado a su consejo de administración para que ratifique la operación y que Unicaja se haga definitivamente con Banco Ceiss.
Un cónclave de consejeros que, según consta en el protocolo que Unicaja envió en un Hecho Relevante a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), debería reunirse hoy, cinco días después de la finalización del plazo para que se aceptara la oferta de canje, lo que se produjo a las tres y media de la tarde del lunes pasado.

Ninguna de las partes, a decir de las fuentes a las que ha tenido acceso este periódico, duda que la operación llegue a buen puerto, aunque es cierto que desde Bruselas ya se dio por cerrada la reestructuración del sistema bancario el miércoles pasado, con lo que ahora es necesario determinar quién asume el coste del 15% de capital que resta hasta cubrir el 75% que la entidad de Braulio Medel fijó como condición indispensable para fusionarse con Ceiss.
Bien es cierto que, posteriormente, sólo impuso esa condición para el dinero mayorista, los accionistas de Ceiss, mientras que se mostró dispuesta a cerrar la operación incluso sin el 75% de los preferentistas.

Canje con preferentistas
Hay que recordar que el canje se cerró definitivamente con el 61% del capital del Banco Ceiss, el 98% de los contratos de los accionistas y el 49,06% de los preferentistas. Sin duda, lo que más preocupa a la dirección de Unicaja y, sobre todo, a Braulio Medel es el sobrecoste que puedan suponer las demandas judiciales, que se dan por seguras, de aquellos preferentistas que se sienten ahora engañados por las antiguas direcciones de Caja España y Caja Duero, con la firma del contrato de alguno de sus productos híbridos, preferentes o deuda subordinada.

Y es que Unicaja da por buena la obtención del 61% del capital de Ceiss, en parte también porque el FROB asumió en su momento que se haría cargo de todo lo que restara hasta cubrir los 1.250 millones de euros del capital minorista de España-Duero, pero negocia con el Fondo de Reestructuración y con el Banco de España para dejar claro quién paga ese sobrecoste de las demandas, que se espera elevado de acuerdo a las previsiones estimadas.
Eso sí, las mismas fuentes indican que ninguna de estas dos negociaciones darán al traste con el acuerdo, aunque sí es más que probable que lo demore algo más en el tiempo, aunque todo apunta a que no más allá de esta semana.

El hecho de que Bruselas, tras la última visita de la troika a España, diera ya por finiquitado la reordenación del sistema bancario español, que arrancó allá por el año 2010 y que ha sufrido continuos cambios, complica en cierta medida la forma de cierre de la operación de Unicaja y Ceiss, porque desde Europa se entiende que el momento de las ayudas públicas ya finalizó. Y es aquí donde desde el FROB y desde el Banco de España se busca la fórmula de aportar dinero a la operación, si finalmente fuera necesario.
En este tiempo, también, los dos entes reguladores del sistema financiero de este país y la banca malagueña, esta última con su consultor externo Price Watherhouse, cotejan que todos los contratos de canje que ya están firmados ante notario son válidos.
Una demostración más de que el acuerdo de integración entre el banco malagueño y el de Castilla y León sigue firme, indican las fuentes consultadas.

Caja España pagará 150.000 euros a un afectado por no informarle bien

El comprador, mecánico de profesión, adquirió títulos en 2009 y no fue consciente del «engaño» hasta 2012

21.01.2014 | 00:28
Miembros de la plataforma durante una visita a los juzgados.
Miembros de la plataforma durante una visita a los juzgados. 
Los juzgados de la capital han dictado una nueva sentencia favorable a un preferentista frente a Caja España-Duero, que deberá reintegrar 150.000 euros más el interés legal del dinero desde el año 2009, descontadas las cantidades recibidas en concepto de dividendos. El juez interpreta que ha existido incumplimiento por parte de la entidad bancaria en lo que se refiere a la información que debe prestarse antes, durante y después de la firma del contrato. El juez asegura que el cliente, mecánico de coches de profesión y uno de los promotores de la Plataforma de Afectados por las Preferentes de Zamora, no era el cliente adecuado para este tipo de productos por su carácter conservador e inexperto en el tema.

De otro lado, como punto llamativo, la entidad bancaria demandada «ha podido incurrir en dolo», es decir, voluntad de engañar a alguien según el lenguaje jurídico, «al ofrecer al cliente un producto emitido en 2004 de muy baja rentabilidad y procedente de otro cliente» justo cuando tres meses antes de la compra «se habían emitido participaciones preferentes con idéntico grado de riesgo pero con una rentabilidad muy superior». Ceiss no ha sido capaz de demostrar en el juicio que dicha emisión, la última y más rentable, estuviera totalmente suscrita en el momento en que el afectado en cuestión compró sus participaciones. La rentabilidad, según el testimonio del demandado, era del Euribor más el 0,10% quedando acreditado que en marzo de 2009 (el afectado compró en junio del mismo año), se emitieron preferentes con una rentabilidad del Euribor más 7,25%.

Por último el juzgado zanja que el test de conveniencia que se aporta con la demanda no contiene la naturaleza, el volumen y la frecuencia de las transacciones del cliente sobre instrumentos financieros. El cliente, dice el juez, ha respondido «en una autoevaluación sin mayor aclaración que sí ha contratado preferentes en los últimos tres años», lo que según lo demostrado «no es cierto».


Una pareja de emigrantes ya jubilados logra recuperar todos sus ahorros de preferentes

El Juzgado obliga a Caja España a devolver 165.000 euros más los intereses desde 2004 al matrimonio, que vive con una pensión de 600 al mes

27.01.2014 | 10:54
Una de las últimas reuniones en la capital de afectados por las participaciones preferentes.
Una de las últimas reuniones en la capital de afectados por las participaciones preferentes.
Clientes «de toda la vida» y «con plena confianza» en la directora de la oficina de Caja España de la capital que les llevaba todas sus cuentas desde hacía años. Por eso fue mayor la sorpresa de los titulares, una pareja de jubilados de 78 años y sin hijos, cuando se enteraron de que a su nombre tenían un contrato de participaciones preferentes desde noviembre de 2004 por valor de 165.000 euros, «sus ahorros de toda la vida» después de haber trabajado en Alemania durante varios años y abrir su propio negocio en Zamora, en el que el hombre desempeñó su profesión de fontanero hasta hace trece años. Desde entonces, viven con una pensión de 600 euros al mes.
El Juzgado de Primera Instancia número 6 de la capital le ha dado la razón a esta pareja, asistida por el departamento jurídico de Asesoría Castilla, y ha condenado a la entidad financiera a la restitución de los 165.000 euros, cifra a la que se deberá añadir el precio de los intereses legales «desde la fecha respectiva de suscripción del contrato declarado nulo hasta el momento de la restitución», se especifica en la sentencia.
Fue hace algo más de nueve años cuando el demandante suscribió con Caja España un documento denominado «orden de valores» por el que se formalizaba la suscripción de 165 títulos de las conocidas como «Participaciones de Caja España Serie C», a razón de mil euros cada uno de ellos. En este contrato, según la sentencia, «no se indican datos relativos al plazo del vencimiento o restitución del importe invertido, ni al rendimiento que la inversión va a producir, ni a las características de emisión del producto con remisión a un folleto informativo que no se le entregó».
El hombre, «un cliente ahorrador de toda la vida en esa sucursal», suscribió el contrato «que la propia directora le indicó pensando que era un producto similar a los que había estado contratando hasta entonces con sus ahorros, es decir, plazos fijos a cambio de un interés y con la condición de que, en caso de necesitarlo, lo podría recuperar fácilmente», se explica en la sentencia. A este respecto, se recuerda que en este tipo de productos «complejos» como son las participaciones preferentes, la entidad financiera «tiene la obligación de proporcionar información imparcial, clara y no engañosa a sus clientes».
En este sentido, se subraya que, en cualquier contrato, los que lo aceptan «deben tener plena conciencia y conocimiento claro y exacto de aquello sobre lo que prestan su aceptación y de las consecuencias que ello supone». Además, la información correcta sobre bienes o servicios «es un derecho básico del consumidor», se añade.
Tras las declaraciones de las partes durante el juicio, la magistrada dictaminó que la entidad financiera no había proporcionado a este matrimonio la suficiente información sobre el producto y que ellos no habían comprendido su naturaleza. Ni constaba «claramente» el tipo de producto contratado ni elementos esenciales como plazo de vigencia, tipo de interés remuneratorio o posibilidad de rescate. «La creencia de estar contratando otro tipo de producto en vez del que nos ocupa ha de considerarse error excusable en los actores si se atiende a la falta de acreditación de información alguna facilitada por al entidad», se indica.
En su defensa, Caja España aseguró que el matrimonio ya tenía con anterioridad participaciones preferentes. Sin embargo, la entidad no pudo acreditar este punto. Desde el año 2004, conforme con la información remitida por la Agencia Tributaria, aparte del producto objeto del pleito, los clientes únicamente habían tenido cuentas corrientes e imposiciones a plazo.
Por todas estas razones, la magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 6 ha fallado en favor de la pareja, declarando la nulidad del contrato de orden de valores, junto con las órdenes de suscripción de participaciones preferentes vinculadas al mismo. Además de la mencionada cantidad y los intereses, Caja España deberá hacerse cargo de las costas procesales.

viernes, 24 de enero de 2014

Engaño al cliente

Primera sentencia en Zamora que anula un contrato de preferentes por «engaño» al cliente

Día 11/06/2013 - 13.28h

El fallo del Juzgado considera que Caja España «enmascaró» el producto como plazo fijo

El Juzgado número 6 de Zamora ha dictado la primera sentencia que anula un contrato de preferentes de Caja España y ha obligado a la entidad a reintegrar los 100.000 euros invertidos, más los intereses generados. El fallo considera que hubo “engaño” y que se “enmascaró” el producto como plazo fijo, según publica La Opinión de Zamora y recoge Ical.
Asimismo, la sentencia favorece al preferentista, al decretar “la nulidad por completo del contrato” suscrito con Caja España y condenar a la entidad de ahorros a devolver los 100.000 euros invertidos por el demandante en ese producto bancario, más los intereses devengados desde la firma del acuerdo. Estima nulo de pleno derecho ese contrato al considerar que hubo “engaño”, puesto que se aseguró al inversor que su dinero rendiría como “a plazo fijo”.
En el fallo, notificado ayer a las partes, se critica a la entidad de ahorro “por no ofrecer una información clara y veraz” al cliente, que perdió sus ahorros con la operación bancaria que accedió a realizar por consejo del propio director de la oficina de Tábara. También, la magistrada apostilla que se ha producido un “vicio de consentimiento” porque la entidad financiera “enmascaró” el producto, cuando se trataba de una preferente, para presentarlo como igual a un plazo fijo.
Según el fallo, los argumentos esgrimidos por el trabajador de la entidad fueron tan convincentes que el demandante “estaba en la creencia de que contrataba un plazo fijo”, abunda la misma fuente en referencia al fallo judicial, pionero en la provincia zamorana y que afecta a un preferentista que está fuera de la Plataforma de Afectados. También, subraya que se trata de “contratos de riesgo y complejos” por lo que la información que debió ofrecerse al denunciante debió ser “más exhaustiva y concisa” hasta asegurarse el empleado de la financiera de que el cliente entendería, en toda su dimensión, el alcance de las consecuencias que podrían sufrir sus ahorros de producirse inestabilidad económica en el mercado financiero.
Caja España deberá también pagar las costas del juicio, a lo que le condena la sentencia al considerar la magistrada íntegramente la demanda del matrimonio zamorano, lo que indica que admite que la entidad no informó de forma lógica y transparente a los futuros preferentistas. El contrato se suscribió hace tres años, agregan las mismas fuentes judiciales, cuando el matrimonio perjudicado, ella profesora y él transportista, de mediana edad y vecinos de la capital, decidieron, orientados y animados por el director de la mencionada oficina, suscribir el contrato ahora anulado.