domingo, 2 de marzo de 2014

Ceiss devolverá 40.000 euros por vender preferentes a un nonagenario minusválido

El juez da la razón a los herederos del cliente ya fallecido cuyo contrato caducaba a los 105 años l Los familiares, «convencidos de la estafa»

02.03.2014 | 02:36
Decenas de afectados protestan ante la sede central de la antigua Caja España.
Decenas de afectados protestan ante la sede central de la antigua Caja España. 
El Banco Ceiss deberá reintegrar 40.000 euros a los herederos de un vecino de la capital, fallecido en 2010, que superaba los 90 años de edad y presentaba una minusvalía psíquica y sensorial del 68% en el momento de la suscripción de participaciones preferentes y subordinadas, que tuvo lugar en 2004 y 2006. La familia del titular del contrato ha conocido esta semana el fallo del Juzgado número 2 de Zamora -que la entidad condenada puede recurrir- tras interponer la pertinente demanda el pasado año a través de la letrada zamorana Soledad Hernández Iglesias.

La decisión judicial contra el banco formado por las antiguas Caja España y Caja Duero recibe así un varapalo más en plena negociación con la entidad Unicaja para completar la fusión y que, entre otras condiciones, incluye como requisito la aceptación de un complejo sistema de cambio de participaciones preferentes por dinero en efectivo y acciones de la futura entidad por parte de los afectados.

Se trata de una sentencia desfavorable, pero no una más. En primer lugar, porque el afectado contrató estos productos cuando tenía 91 y 93 años, afectado por una profunda minusvalía física y sensorial. Los herederos se preguntan cómo pudo la entidad concretar la venta de preferentes y subordinadas a un cliente de tan avanzada edad y probadamente mermado en sus facultades. La respuesta la encontraron días atrás en las páginas de este periódico, en las que se relataba que los empleados de Ceiss recibían órdenes para colocar estos productos «como sea».

Al fallecer en 2010 el afectado, su viuda y los dos hijos descubrieron en el testamento que esta persona tenía dos contratos con Banco Ceiss. Del documento se deducían realidades realmente sorprendentes. En el primer caso, las preferentes carecían de caducidad por la propia naturaleza de un producto de por vida. En cuanto a las subordinadas, el contrato se formalizó para que se cumpliera cuando el suscriptor hubiera alcanzado la edad de 105 años.

Una de las hijas del fallecido, M. I. I., inició en hombre de los herederos la pertinente demanda judicial para reclamar el dinero a Ceiss bajo la convicción de que «se trataba de una estafa». En medio de la fenomenal polvareda que el caso de las preferentes ha levantado en todo el país, los familiares entendían que su caso era «muy claro» en cuanto a la mala praxis del banco. Sin embargo, «no las hemos tenido todas consigo hasta que no nos ha llegado la sentencia favorable».

El fallo judicial se produce en un momento clave para el futuro de la entidad y su fusión con Unicaja. Semanas atrás, el Colegio de Abogados de Zamora pedía prudencia a los demandantes, bajo la advertencia de que las demandas «no se ganan solas». Lo cierto es que este caso reunía dos condiciones particulares muy significativas para convencer al juez de la irregular venta de estos productos de alto riesgo.

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